#SalvemosElChaletDeLosMálaga

29 Ago, 2012

El chalet de los Málaga, construido por el arquitecto Miguel López Munera entre 1932 y 1934 en la Avenida de España de Cáceres, fue declarado bien de interés cultural por Real Decreto 255/2000 de 19 de diciembre del año 2000 por su “irrefutable” valor urbanístico y artístico. Este edificio, encargado por Evaristo Málaga, perteneció a esta familia hasta el año 2007, cuando fue comprado por la promotora inmobiliaria Pronorba por cifras superiores a los 5 millones de euros, y representa en la actualidad  el único ejemplo de la arquitectura del ensanche de Cáceres.
Foto: @MikGazquez

El pasado mes de mayo saltaban las alarmas: un trozo de la balaustrada del chalé de los Málaga se  desprendía y provocaba que se interrumpiera la circulación en la Avenida Virgen de la Montaña. Pronorba restaba importancia al asunto y colocaron mallas de protección para evitar posibles nuevos derrumbes. Hace unas semanas, supimos algo más: además de las mallas protectoras, la balaustrada se mantiene en pie gracias a unos tensores, pero en esta historia se ha escrito un nuevo capítulo que demuestra que la situación de abandono que vive este edificio es absoluta y cada vez preocupante.

El chalet de los Málaga está, desde ayer, lleno de pintadas, tanto en el exterior como en el interior. La letra N y la firma 8” seg en spray negro y dentro de un círculo se repiten al menos ocho veces tanto en la fachada como en los cristales de las ventanas, o este es el número que he podido contabilizar desde lo que permite ver la verja.

Foto: @ZapatosRosas
Foto: @MikiGazquez
Foto: @MikiGazquez
En el interior, además, y también con spray negro, aparece la fecha de ayer: 28 de agosto de 2012.
Foto: @MikiGazquez
Si comparamos este suceso con las pintadas que aparecieron en una de las fachadas de la concatedral de Santa María hace unas semanas, los autores de las pintadas del chalet de los Málaga podrían enfrentarse a multas de entre 1500 y 3000 euros, a lo que habría que añadir otros factores al encontrarse estas pintadas dentro de una propiedad privada, por lo que las multas podrían alcanzar cifras superiores.
Creo que es necesaria y urgente la intervención de la Junta de Extremadura y que se tomen medidas cautelares según el artículo 24 de la ley 2/2008 de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura:

en los casos en que exista un peligro inminente de pérdida o deterioro del bien, por parte del órgano competente, de oficio o a instancia de parte, se podrán adoptar las medidas correspondientes para su protección, sin perjuicio de la adopción, en su caso, de las medidas provisionales establecidas en el artículo 72 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

#SalvemosElChaletDeLosMálaga
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¡Hola! Soy Montaña

Soy historiadora del arte y en el blog escribo sobre arte contemporáneo, mujeres artistas, feminismo, museos y exposiciones

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